Fecha de publicación: 18 de Septiembre de 2025 a las 19:37:00 hs
Medio: TN
Categoría: ECONOMIA
Descripción: La normativa entrará en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados.
Contenido: El Banco Central (BCRA) decidió eliminar el límite anual de US$36.000 para ingresar dólares sin liquidar en el mercado oficial para los profesionales que trabajan para el exterior.
La normativa, que se oficializó a través de la Comunicación “A” 8330, entrará en vigencia este viernes y, de acuerdo a lo que informó la entidad, los cobros por exportación de servicios no tendrán ninguna imposición para ser liquidados.
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Además, se especificó que los bancos no podrán cobrar comisiones a los freelancers por las acreditaciones de ingresos de divisas del exterior en sus cuentas en moneda extranjera. Esta medida aplica a ingresos por exportación de servicios, fondos propios o ayuda familiar.
“Dejar sin efecto el límite anual de US$36.000, habilitando para las personas humanas el mecanismo de excepción de la obligación de liquidación de los cobros de exportaciones de servicios allí establecido sin límite de monto”, expresa la disposición.
Y detalla: “Establecer que las entidades no podrán cobrar comisiones en aquellas operaciones concretadas por personas humanas residentes que impliquen la acreditación de ingresos de divisas del exterior a las cuentas abiertas por el cliente en moneda extranjera. Ello sin perjuicio del traslado al cliente de los cargos que pudieran corresponder por los servicios prestados por las entidades del exterior intervinientes en la transferencia debidamente documentados y que sólo podrán ser transferidos al costo a los usuarios”.
Esta norma ya se había flexibilizado en dos oportunidades anteriormente. En 2024, se había pasado de US$12.000 a US$24.000 el monto permitido y luego, en enero de este año, se volvió a elevar a US$36.000.
Según la normativa de exterior y cambios del Banco Central, están exceptuados de liquidar sus cobros aquellas personas que exporten servicios en los siguientes rubros:
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Para poder hacer la exportación de servicios, el profesional debe tener una cuenta en dólares a su nombre para acreditar las divisas y un monotributo en el que tendrá que establecer un punto de venta específico para facturar las exportaciones con una factura tipo “E”.
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